SE DESPACHÓ EL FISCAL MONTEALEGRE

29.03.2016 04:26

Editorial/El Satélite

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Un fuerte editorial de El Tiempo y el pasmoso rechazo del 91 por ciento a su gestión en la cotidiana encuesta que hace el noticiero CM& al cabo de la entrevista de Yamid Amad, despiden por la puerta de atrás al nefasto fiscal general de la nación, Eduardo Montealegre… Y él, para confirmar que en efecto es detestable, presenta, como último acto de su administración de justicia en 4 años, una demanda de interpretación a la Corte Constitucional para que ésta convenga en elevar a la categoría de tratado el documento final que entre el Gobierno y las Farc se firme en La Habana.
 
No es legaña de mico lo que le propone a la Corte. Él mismo admite que si se le da la categoría de tratado al acuerdo de paz que salga de la Habana, ni el mismo pueblo podría oponerse a lo que allí se contenga entre las partes. Es decir, entre el pueblo y Dios, el exfiscal ha encontrado un tercer poder que está lejos del pueblo y cerquita de Dios: ¡Eh Ave María!
 
Los modernos tratadistas del derecho constitucional que han venido documentando las últimas tendencias del mundo occidental hacia una democracia sin pueblo, tal como se expone en el libro de Peter Mair ‘Gobernando el vacío’, podrán encontrar en la loca propuesta del exfiscal colombiano un claro ejemplo de cómo un Presidente y una camarilla podrían sentarse en cualquier momento y bajo cualquier pretexto a legislar, reemplazando no solo la función propia del Congreso sino la del mismo constituyente primario, el pueblo.
 
La primera interpretación que debería introducir la Corte, en caso de que siguiera con la idea del exfiscal, es que los tratados, en este caso de paz, que por lo general se refieren al estado de guerra entre países, también puede dársele alcance a los conflictos internos de un país que, por lo general, se han considerado en dos categorías distintas a tratado: el armisticio, que es un acuerdo para detener las hostilidades, y la rendición, que se da cuando una de las partes en conflicto renuncia a las armas como forma de lucha para acceder al poder.
 
Pero esto último que puede ser o no ser, según la doctrina jurídica que despliegue la Corte al resolver la argucia del exfiscal, tiene un telón de fondo más grueso que dejaría sin sentido la larga discusión que hemos adelantado –y lo que falta—sobre el mecanismo jurídico-político idóneo para refrendar los acuerdos de La Habana: si plebiscito (ya aprobado por el Congreso y en revisión de la Corte) o constituyente, porque ya lo del referendo fue descartado.
 
Y eso no es todo… Si se le da alcance de tratado a los acuerdos internos entre partes negociadoras, con la misma sutiliza interpretativa que propone el exfiscal, mañana podríamos elevar a tratados, es decir, al rango constitucional sin intervención del Congreso o del pueblo, los acuerdos comerciales entre el gobierno y los empresarios (en el caso de un Estado corporativo), o los acuerdos laborales entre el gobierno y los sindicatos (en el caso de un Estado socialista).
 
Por eso es que materias tan delicadas en asuntos políticos o constitucionales no se pueden resolver en gracia de la coyuntura del momento porque, una cosa es un instrumento legal de orden político o constitucional en manos de un presidente democrático y otra en manos de un tirano.
 
Ojalá la descabellada propuesta del exfiscal solo haya sido por decir adiós, manteniendo hasta último momento los reflectores encendidos…
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