VA GANANDO PETRO

El alcalde Petro interpuso el recurso de reposición ante la Procuraduría, demandado que se nombre un procurador ad hoc para el caso, en vista de que, según afirma, el titular no le ofrece garantías de imparcialidad.

La petición de Petro fue de inmediato descartada por los primeros analistas que se pronunciaron sobre el caso al considerar que la figura no está contemplada en la jurisprudencia nacional.

Llamó la atención sí, que el alcalde de Bogotá no cuestionara el alcance del procurador para destituirlo y quitarle los derechos políticos por 15 años que es lo que más ampliamente se ha cuestionado a lo largo del debate.

Parece, al respecto, que en esto ya se tiene suficiente ilustración y, en cierta forma, un consenso, en el sentido de que el procurador desbordó sus límites en el caso del alcalde mayor que, según el artículo 323 de la Constitución, solo puede ser sancionado o destituido por el Presidente de la República.

Todos los juristas apuntan a que el procurador Ordoñez se ratificará en su decisión de destituirlo y sancionarlo políticamente pero, en el consiguiente fallo, le pedirá al Presidente que haga ejecutar la disposición que es, entre otras cosas, los que dispone la constitución.

Es aquí en donde Santos entrará en la contienda, aunque no quiera, y su decisión indefectiblemente estará imbuida de política porque al lado que cargue la apuesta sumará o restará votos a su reelección, según el caso.

Y  vuelve y juega: los observadores de este tema que se ha vuelto apasionante por lo novedoso, apuestan a que Santos salvará a Petro invocando una nueva “excepción de constitucionalidad”, solo porque le daría más votos.

Pero el asunto no terminara ahí: aparentemente, en perspectiva de lo antijurídico del acto, es por lo que el recurso del alcalde se basa esencialmente en una recusación al procurador aduciendo que el jefe del Ministerio Público, Alejandro Ordóñez, “tiene un interés directo en la acusación disciplinaria”.

Es decir, la defensa del alcalde, muy sutilmente, sugiere que la destitución y sanción del procurador está guiada por un interés ajeno a una acción disciplinaria que, entre otras cosas, es el terreno en el que está actuando la Fiscalía General.

Evaluando todo, al momento actual, Petro parece estar ganando el pulso al procurador porque: (1) Tendrá que pedir al Presidente que ejecute el acto; (2) El Presidente, si realmente quiere salvar su reelección, seguramente recurrirá a la figura de la excepción de constitucionalidad que resulta perfectamente ajustada a derecho y, (3) Deja al procurador en manos de la Fiscalía. Todo ello sin contar con la instancia internacional de la Corte Interamericana de Derechos Humanos como plan  B, en caso de que en las instancias y cálculos nacionales todo se le venga al suelo.