LEÑA AL FUEGO DE LA POLARIZACIÓN

LEÑA AL FUEGO DE LA POLARIZACIÓN

 

 

El coco de la censura 
y libertad de expresión
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Octavio Quintero
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Referencia: Leña al fuego de la polarización
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Hace mes y medio –el 17/09—, algunas organizaciones de izquierda expidieron una declaración suscrita, entre otras, por la CUT (Central Unitaria de Trabajadores), la Comisión Nacional de Diálogo, la Corporación Viva la Ciudadanía, el Foro Nacional por Colombia, el CINEP (Centro de Investigación y Educación Popular), la Casa de la Mujer y el Consejo Nacional de Participación, urgiendo al gobierno nacional a presentar al Congreso el proyecto de ley estatutaria (PLE) sobre ‘Garantías para la movilización y la protesta social’. La iniciativa en ciernes nace del acuerdo de paz con las Farc-Ep.
 
El gobierno, pese a tener ya un texto redactado del PLE, no ha propuesto todavía formalmente su estudio legislativo, pero así como éstas organizaciones apuran su trámite, otras lanzan advertencias poco amistosas calificándolo de contrario a la libertad de expresión y “peligrosa herramienta en manos de un gobierno dictatorial”…
 
Es lo que dice la candidata presidencial, Marta Lucía Ramírez, en carta abierta a los dueños y directores de medios de comunicación, en la que supone, a priori, que el PLE estaría siendo coordinado por el Ministerio del Interior. El gobierno ha negado la suposición de la candidata, quien acaba de renunciar a su tradicional Partido Conservador, para coquetear con una derecha más preclara como la que dirige desde el Centro Democrático el expresidente Uribe.
 
O sea, para resumir: (1) Desde la izquierda se apura la propuesta ley estatutaria que bien pudiera definirse como ‘Estatuto de la Oposición’, no en sentido estrictamente político, sino social, en aquellos casos en que la gente indignada se rebota contra el gobierno, y éste resuelve tratar a los revoltosos a punta de bombazos lacrimógenos y balazos neumáticos, infiltrando con frecuencia agitadores profesionales en sus filas, con el fin de incriminarlos más luego como terroristas. Y, (2) Desde la derecha se alerta sobre la proyectada ley, echándole encima los medios de comunicación corporativos, defensores del gobierno de turno y representantes de los intereses empresariales. Por eso, la candidata se dirige directamente a los directores y no a las agremiaciones de periodistas que, de pronto, harían una lectura estrictamente social de la norma en ciernes.
 
El anteproyecto de ley tiene siete capítulos y 122 artículos. Todo un  tarugo legal que, al igual que buena parte de la legislación colombiana, es la ‘repetición de la repetidera’, confirmando aquello que venimos diciendo: Colombia es un país de mucha ley y poca autoridad.
 
A juzgar por lo que le preocupa a la derecha, los artículos 52 y 53 enfocan su advertencia y ameritan citarlos textualmente para una mejor información:
 
(…)
 
Artículo 52. Información que involucre organizaciones y movimientos sociales. Cuando los medios de comunicación, cualquiera sea su modalidad, se refieran a organizaciones y movimientos sociales tendrán una obligación especial de estudiar, analizar y contrastar la información que se relaciona con éstas antes de difundirse. Estarán obligados, de manera especial, a consultar como fuente a las organizaciones y movimientos sociales y a sus líderes y lideresas cuando pretendan informar asuntos que les conciernen directamente. Las violaciones a lo establecido conllevan sanciones que serán reglamentadas.
 
Artículo 53. Derecho de réplica de organizaciones y movimientos sociales. Las organizaciones y movimientos sociales gozan del derecho fundamental de réplica en todos los medios de comunicación frente a tergiversaciones graves y evidentes o ataques públicos proferidos por el Presidente de la República, ministros, gobernadores, alcaldes, secretarios de despacho, directores o gerentes de entidades descentralizadas y por cualquier otro alto funcionario oficial. En tales casos la organización o movimiento social interesada en ejercer este derecho podrá responder en forma oportuna, con tiempo, medio y espacio por lo menos iguales al que suscitó su ejercicio, y su respuesta tendrá en todo caso una amplia difusión. Otra causal para el ejercicio del derecho de réplica debe ser la publicación, en los medios de comunicación, de mensajes sexistas o que propendan a la subordinación de las mujeres.
 
A decir verdad, no se le ve a la propuesta ley, en estos dos artículos, el peligro que le asigna la candidata Marta Lucia Ramírez, quien deduce del texto que:
 
(…)
 
Se establece que toda información que involucre a las organizaciones y movimientos sociales tendrá la obligación de un estudio y análisis especial y deberá contrastarse la información antes de difundirse. Se obliga a los medios de manera especial, a consultar como fuente a las organizaciones y movimientos sociales y a sus líderes, pues de no hacerlo se configurarán sanciones al medio…
 
Hasta aquí, esto es lo mismo que se podría deducir del artículo 20 de la Constitución que habla del derecho a una información “veraz e imparcial”: si es veraz, tiene que ser cierta y si es imparcial tiene que contrastarse con las distintas fuentes involucradas en la información. Infringir esta norma, podría configurarse calumnia o injuria, dos delitos tipificados en el Código Penal.
 
Y agrega la candidata presidencial, sobre estos mismos dos artículos que:
 
(…)
A su vez, se consagra el derecho a la réplica por cualquier pronunciamiento público que se haga sobre dichas organizaciones y se deberá transmitir por todos los medios de comunicación.
 
También esto está contemplado en el 152 de la Constitución que dice:
 
(…)
 
Parágrafo Transitorio. El Gobierno Nacional o los miembros del Congreso presentaran, antes del primero de marzo de 2005, un proyecto de Ley Estatutaria que (…) regule además, entre otras, las siguientes materias: (…) derecho de réplica en condiciones de equidad…”.
 
A propósito, lo que se busca con este PLE contemplado en el acuerdo de paz con las Farc-Ep es cumplir con lo dispuesto en ese mencionado artículo de la Constitución 152 que establecía un plazo “antes del primero de marzo de 2005”, para expedir lo que en su conjunto se conoce como ‘Estatuto de la Oposición’. Es decir, llevamos 17 años incumpliendo la Constitución en este campo, y todos tan tranquilos…
 
Bueno, no todos, porque ahora la candidata presidencial, Marta Lucía Ramírez quiere alebrestar a los dueños y directores de los grandes medios de comunicación con el coco de la censura y la libertad de expresión con el fin de que esa censura siga siendo impuesta a discreción por los dueños y esa libertar de expresión siga en manos del particular interés de los directores.
 
Y claro, no deja de meter su insidia la candidata presidencial a todo el proceso de paz, no porque quiera la guerra, eso no es el lei motiv, sino porque la polarización que se atiza desde la derecha para hacer emberracar  a la gente puede darles nuevamente el fruto de NO a Santos que es el adalid de ese proceso y el llamado a “hacer trizas” en las elecciones del 2018.
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Fin de folio.- El presidente de Anif, Sergio Clavijo, dice que si se eleva la edad de pensión a 67 años se disminuye la brecha entre los que se pensionan y los que no alcanzan a pensionarse. Si eso es cierto, entonces elevemos la edad al nivel en que nadie alcance a pensionarse y con eso queda eliminada del todo la brecha.
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