EN LOS ZAPATOS DE SANTOS

EN LOS ZAPATOS DE SANTOS
“Presidente, no se apresure”, le imploró reiteradamente el alcalde Petro anoche al presidente Santos en su encendido discurso de réplica a la destitución y sanción política que le ratificó “apresuradamente” el procurador Ordoñez.
Aquí está el intríngulis que el procurador le ha chutado a Santos, con clara intención de meterle un gol también al Presidente, y por eso “su afán”, en el lenguaje de Petro, de ratificarle la sanción-destitución en su primer día de labores, después de vacaciones de navidad y año nuevo.
“Carambola a tres bandas”, se dice en el billar, cuando el jugador taca  buscando algún ángulo que la gente inicialmente no entiende por qué hace lo que hace; y también se dice “chiripa”, cuando el jugador hace una carambola que ni él mismo esperaba; y se dice “burro”, cuando taca mal y se le anula, por tanto, la tacada.
1). Si el Presidente muerde el anzuelo, la tacada puede ser a tres bandas porque sacaría de competencia a Petro en su eventual intención (la del procurador), de buscar la candidatura presidencial en el 2018 y, de paso, le restaría posibilidad a la reelección de Santos en este 2014, elevando, por tanto, las posibilidades del candidato uribista, Óscar Iván Zuluaga, en una segunda vuelta.
2. Puede que esto no lo haya buscado el procurador y que, en gracia de la buena fe debida, esté actuando en derecho. Pero eso no le resta el efecto político que, de chiripa, le conviene a su causa ideológica y a su interés personal.
3. Si predomina en este lance el sentido común del Presidente; más su propio interés político; más un mesurado análisis jurídico de la resolución de destitución e inhabilidad; más las razones de Estado que en este caso pueden resultar las más poderosos de todas, el procurador tacó burro y todo se le puede devolver en su contra y en contra de sus interés ideológico.
Razones jurídicas sobran para calificar, por lo menos de exabrupto, y mejor sería de abuso de poder, la decisión del procurador que confunde el libre mercado con la libre empresa y la competencia, tres conceptos distintos en economía capitalista, que manipula en sus 400 páginas de resolución de destitución e inhabilidad a Petro.
Basta con leer a vuelo de pájaro el artículo 333 de la Constitución para darse cuenta que, si no fuera por más, Petro obró en derecho y, por tanto, no cabe la argumentación que da el fallo del procurador…
Y las razones de Estado son todavía más poderosas por lo subjetivas… Si la destitución de Petro amenaza, por ejemplo, en concepto del Presidente, el proceso de paz, un derecho fundamental de todos los colombianos, bien podría Santos decirle al procurador: no vamos a hacer esto, por esto y esto… O si mañana, queda el país metido en un juicio internacional por violación a los derechos humanos, que también puede darse, igualmente el Presidente puede determinar la improcedencia del acto del procurador apelando, tanto en el primer caso como en el segundo, a la figura de la excepción de constitucionalidad que ya estrenó, para que se recuerde y se sepa de qué se trata, en el hundimiento del acto legislativo de reforma a la justicia.
Tal vez por ahí vaya el agua al molino y, en tales circunstancias, lo mejor es que los bogotanos se sigan preparando para las elecciones de revocatoria del próximo 2 de marzo, como, con algún tono ufano, lo intuyó anoche mismo Petro, seguro de su victoria, al punto que retó al procurador a renunciar a su cargo se le ganaba este pulso.