CAE FALLO DE LA PROCURÍA

EL EXALCALDE SALAZAR DE MEDELLÍN LE GANA PULSO A LA PROCURADURÍA

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El Consejo de Estado tumbó (por exagerada), la sanción e inhabilidad que la Procuraduría General le había impuesto al alcalde de Medellín, Alfonso Salazar el 29 de febrero del 2012.

Es la primera vez que el máximo tribunal de lo contencioso administrativo reversa un  fallo de este alcance político y administrativo de la Procuraduría, cambiándolo por una simple amonestación al funcionario que, si acaso, habría cometido alguna imprudencia informativa.

Salazar, como se informó en distintas oportunidades, fue acusado de intervención indebida en política cuando en vísperas de las elecciones locales del 2010, siendo alcalde de Medellín, denunció que grupos paramilitares estarían influenciando la decisión de los electores en favor de la candidatura de Luis Pérez Gutiérrez.

La Procuraduría acogió la denuncia y profirió en febrero del 2012 un fallo que lo destituía del cargo y lo inhabilitaba por 12 años para contratar con el Estado o aspirar a cualquier cargo público.

Desde el mismo momento, el alcalde disciplinado, que ya había terminado su periodo constitucional de 4 años, acusó a la Procuraduría de haber exagerado la sanción en retaliación a los apoyos que había manifestado y dado a la sentencia de la Corte Constitucional que permitía el aborto en los casos de violación, peligro en la vida de la madre y malformación del feto, contra lo que el procurador Ordoñez había interpuesto acción de nulidad que le fue negada por la misma Corte.

Algunos medios de comunicación presentan el caso Salazar como similar al caso Petro, pero  no es exactamente comparable: la diferencia es que Salazar fue sancionado cuando ya había terminado su periodo constitucional y, además, no se cometió en él una violación de derecho fundamental que es, en el caso Petro, lo que cauteló el Tribunal Superior Administrativo de Cundinamarca, que tumbó el Consejo de Estado, de un lado; y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que desconoció el presidente Santos.

Si Petro iniciara ahora una acción de nulidad parecida a la de Petro, quizás en dos años (hacia el 2016) el Consejo de Estado también halle “exagerada” la sanción de la Procuraduría y le devuelva sus derechos políticos. Pero, en el caso Petro, el daño irreversible ya fue causado.

Conclusión

Lo que podría seguir en el caso Salazar, es que decidiera demanda al procurador Ordoñez por abuso de autoridad, y al Estado, por daños morales y materiales, pero en algún medio nacional, el exalcalde dejó entrever que no iniciará acción pertinente.

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