UNA CAJA DE PANDORA

16.05.2017 11:44

Bienvenidos a la JEP: Sigan, que sí hay…

GES (Grupo Editorial El Satélite)

Director: Octavio Quintero

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Referencia: Justicia Especial para la Paz

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Mucha gente --como usted-- se preguntará, ¿por qué están aterrizando en la JEP (Justicia Especial para la Paz), personajes tan disímiles como, Herminsul Arellán Barajas, condenado por el atentado al Nogal (Bogotá, febrero del 2003), y el exministro, Diego Palacio, condenado por cohecho dentro del sonado escándalo de la Yidispolítica que terminó con la reelección del presidente Uribe en 2006?
 
Y la pregunta es válida porque, según el imaginario colectivo, la JEP fue diseñada para conocer y resolver conductas delictivas de quienes participaron directa “o indirectamente” en el conflicto armado que puso fin el tratado de paz suscrito entre el Gobierno y las Farc-Ep, y en ese orden de ideas, no ven en dónde pudo caber el exministro Palacio.
 
Como todos saben, la JEP acaba de dejar en libertad absoluta al terrorista y le negó, en cambio, al exministro la libertad condicional.
 
La clave de que en el seno de la JEP quepan estos personajes, y otros quizás más disímiles que con el transcurso del tiempo irán tapándose con la misma cobija, está en el término que dejamos resaltado y subrayado atrás: … “o indirectamente”. En efecto, el artículo 23 del acto legislativo 01 del 2017, dispone:
 
(…)
La Jurisdicción Especial para la Paz tendrá competencia sobre los delitos cometidos por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado y sin ánimo de obtener enriquecimiento personal ilícito, o en caso de que existiera, sin ser este la causa determinante de la conducta delictiva…
 
En este contexto legal cabe todo el mundo por una sencilla razón, directa o indirectamente todos hemos sido victimarios o víctimas en esta larga pesadilla del conflicto armado en Colombia. Por ejemplo, para situarnos en los personajes citados arriba:
 
El señor Arellán Barajas pudo haber tomado la decisión de volar el club El Nogal como retaliación a esa oligarquía que, en su concepto particular (¿y quién podría discutirle eso?), lo empujó a empuñar las armas en el seno de las Farc-Ep, en defensa de sus derechos fundamentales…
 
Y el señor Palacio pudo haber comprado el voto de la senadora Yidis con el fin de perpetuar el gobierno que se había trazado el propósito de acabar con unos “terroristas y narcotraficantes disfrazados de guerrilleros del pueblo” (¿y, de nuevo, quién podía discutirle eso?).
 
Y mañana aterrizarán otros personajes en la JEP con motivaciones iguales o parecidas porque, directa o indirectamente todos somos tirios o troyanos. Y si, a renglón seguido, en dicho artículo se dispone que, en caso de que yo me haya beneficiado económicamente de un delito, pero este beneficio no fue el primer motivo del delito, también me puedo acoger a la JEP, nos deja esta otra reflexión:
 
Si yo maté a un empresario a quien suponía auxiliador de mi enemigo dentro del conflicto armado, con el propósito principal de amedrentar a los demás, y de paso me apropie de sus bienes, también quepo en la JEP, según la suspicaz redacción del mismo artículo 23 en comento.
  
Y, dese por seguro que no fue un descuido de redacción, sino un cabezazo fríamente calculado que convertirá la JEP en anchurosa cama para cabida de todos los delincuentes que en su defensa aleguen que su único afán era luchar por la justicia social o liberar al país de la plaga guerrillera.
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Fin de folio.- Bienvenidos al futuro de la JEP. Sigan que sí hay cama (no cana) pa´todo el mundo.

 

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