SIN COSTO ALGUNO

29.07.2013 08:13

El certificado anual de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego de quienes estén vinculados a los servicios de vigilancia y seguridad privada, no debe tener ningún costo para el trabajador, según lo acaba de determinar mediante sentencia C-460/13 del 17 de julio la Corte Constitucional.

La Corporación explica que la elaboración de este certificado por las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), a la que esté afiliado el vigilante, configura una prestación que coincide con los principios y fines del sistema de riesgos profesionales

Según la misma sentencia de la Corte… “el certificado de aptitud psicofísica para el porte de armas de fuego de personas que laboran en actividades de vigilancia y seguridad privada (escoltas, vigilantes, supervisores), pretende dar fe de la idoneidad de un civil para el desarrollo de su labor, lo cual supone una garantía no solamente para el trabajador sino para la comunidad que se beneficia del servicio. De igual modo, señaló que la periodicidad del certificado evita que al desvincularse de las empresas el particular cuente con una autorización prolongada para la utilización de armas. Para la Sala, la inclusión de esta nueva obligación con cargo a las administradoras de riesgos laborales (ARL) se enmarca dentro de las funciones a ellas asignadas, una de las cuales consiste en mitigar el riesgo y la ocurrencia de accidentes de trabajo.

La Corte consideró que no existe principio constitucional del cual se derive el deber de los empleadores de asumir el costo de certificados como el de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego de personas que desempeñan servicios de vigilancia y seguridad privada. Además, las normas legales que establecen que las prestaciones derivadas de la prevención y atención de salud ocupacional están a cargo del empleador (Decreto 614 de 1984, Ley 1562 de 2012), no configuran parámetro de constitucionalidad. Por tal razón, el Legislador goza de una amplia facultad reguladora en la materia, por ejemplo para radicar en cabeza de las administradoras de riesgos laborales (ARL) la obligación prevista en el parágrafo acusado. 

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