LA VIGA EN EL OJO DE LA PROCURADURÍA

24.08.2019 16:15

El procurador Carrillo: duro con los 

jueces y blando con sus delegados

¿Por qué miras la paja que hay en el ojo de tu hermano y no ves la viga que está en el tuyo? (…) ¡Hipócrita! (Lucas 6, 41-42).

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Editorial REDGES

Octavio Quintero

Director

Nota: El abogado, Luis Carlos Barrera Méndez, usual internauta de REDGES, colaboró en la redacción de esta nota

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Y ahora, cuando se da la libertad por vencimiento de términos de dos tiburones, se habla de legislar en torno a lo que, en términos generales, podríamos agrupar en el debido proceso.

En ‘Locombia’ (transformación literaria empleada para significar las cosas locas que distinguen a Colombia), uno termina, sin moverse, al otro lado de donde habitualmente está.

El debate sobre el proceso de paz es un buen ejemplo: son del lado de la paz todos los que aceptan sin discutir el Acuerdo Santos-Farc; y, del lado de la guerra, todos los que, de alguna manera, no compartan integralmente el Acuerdo.

La llamada consulta anticorrupción (otro ejemplo), impulsada en los albores de la campaña del 2018 para la renovación de Congreso y elección presidencial, también trasteó a la orilla de los ‘decentes’, a quienes apoyaban incondicionalmente el cuestionario de las 7 preguntas; y, ancló en la ‘indecencia’ (o amigos de la corrupción), a quienes demostraban que la consulta era una perdedera de tiempo ya que todo estaba debidamente legislado o reglamentado, y que lo que se debía hacer era aplicar la ley.

Con la liberación del exmagistrado Francisco Ricaurte (el cartel de la toga) y de Carlos Palacino (expresidente de Saludcoop), por vencimiento de términos, se alborotó el avispero; y, como siempre, aparecen los santanderistas a proponer nueva legislación para tapar el hueco jurídico por donde se metieron los indiciados. Un huraco que, para ir precisando, está avado por un montón de actores que meten baza, activa y pasivamente, para llegar al vencimiento de términos que se ha convertido en la ‘joya de la corona’ de la impunidad. Porque, dese por seguro, que no son los peces gordos los únicos que traspasan el hueco, sino una cantidad de procesados que, cuando alguien se atreva a codificarla, nos iremos de espaldas.

Como de golpe se ve que este es un tema largo, ancho y profundo; y que no es un escueto editorial el llamado a señalar uno a uno los huecos de la corrupción judicial que prohíja el nuevo y siempre viejo escándalo de impunidad, miremos solo dos puntos:

  1. El procurador Carrillo, acucioso vigilante del interés público, sobre todo en dirección de los reflectores mediáticos, le ha pedido al Consejo Superior de la Judicatura que adelante investigaciones disciplinarias respecto de los jueces y magistrados que tomaron las correspondientes decisiones…

Pero, cabe preguntar: ¿El procurador ha averiguado si sus delegados en los correspondientes procesos fueron igualmente desidiosos, dejando que los términos legales se vencieran, sin advertirlo? ¿Cuáles han sido las investigaciones que su despacho adelanta contra sus delegados en las correspondientes causas?

Ello es así, porque el artículo 109 de la ley 906/2004 ordena al Ministerio Público intervenir en los procesos penales cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público o de los derechos y garantías fundamentales, y confiere al procurador general (o a sus delegados) la facultad de constituir agencias especiales en los procesos de significativa y relevante importancia, de acuerdo con los criterios diseñados por su despacho.

Antes de mirar "la paja en el ojo ajeno”, el procurador Carrillo debiera inspeccionar la vista de sus delegados en esos rutilantes procesos y contarnos qué hicieron para que tan lamentable vencimiento de términos no se hubiera dado.

  1. Habría que investigar antes de sindicar, pero dentro de la licencia que da la acuciosidad periodística, uno podría apostar que los jueces no están siendo estrictos en la aplicación del artículo 2°, parágrafo 3º, de la ley 1786/16, que establece:

“… Cuando la audiencia de juicio oral no se haya podido iniciar o terminar por maniobras dilatorias del acusado o su defensor, no se contabilizarán dentro de los términos (…) los días empleados en ellas.

Pareciera que la reciente depuración normativa que dio de baja cerca de 11.000 normas entre leyes y decretos obsoletos solo hubiera sido para abrir espacio a otras leyes, normas y decretos que iteran en lo que ya tenemos legislado y, como de costumbre, no aplicamos o aplicamos solo a los de ruana.

 

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