EL VOTO EN BLANCO DE LOS NEGROS

21.03.2015 15:34

Muchas batallas le esperan al voto en blanco en Colombia antes de tener un espacio indiscutible en el ámbito político

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Todavía no está claro jurídicamente si el voto en blanco gana con solo ser el “partido” más votado entre todos, o si el número de votos en blanco debe, además, alcanzar la mayoría de votos válidos… Los juristas dividen sus opiniones al respecto.
Mientras se decanta el tema, parece claro que el voto en blanco va camino de ganar la batalla jurídica emprendida por Cenafro (Centro de Autoreconocimiento Afrocolombiano -- José Fernando Tapia, presidente, en la foto), contra los representantes electos por Funeco (Fundación de Ébano Colombia), María del Socorro Bustamante (q.e.p.d) y Moisés Orozco Vicuña.
 
Valga la aclaración
No es que los representantes cuestionados no sean afrodescendientes; ni que el aval dado por Funeco no sea válido, como se desprende del argumento dado por el defensor de los demandados… Es que en las elecciones del 2014 para el Congreso Nacional por la circunscripción especial de los afros, el voto en blanco, impulsado por Cenafro, sacó 77.538 y los candidatos de Funeco sacaron 58.965.
Si no había más partidos en disputa de las dos curules de los afros a la Cámara de Representantes, es evidente que la suma del voto en  blanco vino a ser mayoría a la suma de los demás partidos en disputa, luego, la elección tendrá que repetirse con nuevos candidatos…
 
¿Qué dice la norma?
El artículo 258, parágrafo 1, de la Constitución, tras la reforma contenida en el acto legislativo 01 del 2009, dice lo siguiente:
“Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una Corporación Pública (…) cuando del total de votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría”.
Aquí no hay discusión porque el total de votos válidos de la comunidad afrodescendiente fue de 136.503 (77.538 + 58.965), lo que significa que los 77.530 votos en blanco son mayoría, no solo absoluta sino simple, y punto.
 
Conclusión
Resulta un exabrupto que el Consejo Nacional Electoral le haya dado credencial a los representantes de Funeco, María del Socorro Bustamante (q.e.p.d) y Moisés Orozco Vicuña, sin haber tenido en cuenta el alcance de un texto constitucional tan claro.
Es lo que deberá resolver el Consejo de Estado dentro de un mes (más o menos el próximo 16 abril), tras la audiencia pública celebrada el pasado 16 de marzo.

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