"LA JUSTICIA PARA LOS DE RUANA"
31.03.2018 16:36Dura lex sed lex, menos en Colombia
Máxima jurídica que expresa la necesidad de hacer cumplir la ley, incluso en casos extremos, por el bien de la sociedad en general
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Por: Octavio Quintero
Director: RED-GES/El Satélite
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Lo hemos dicho y reiterado una y mil veces, y volveremos a decirlo otra y mil veces más si fuere necesario, que Colombia es un país de mucha ley y poca autoridad. Esto quiere decir que todo lo que se necesita es un presidente o presidenta que cumpla y sea capaz de hacer cumplir la constitución y la ley.
No se requiere nueva constituyente ni consulta popular de anticorrupción ni nada por el estilo: plebiscitos, referendos y revocatorias. Estas figuras jurídico-políticas, o salidas de emergencia, parecen argucias propias del Gato Pardo: (…) “que todo cambie para que todo siga igual”.
Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial están regulados por un cúmulo de preceptos constitucionales y legales que todos los funcionarios públicos y servidores del Estado, al posesionarse de sus cargos juran cumplir; luego, al incumplirlos, violan la constitución y la ley e incurren en causales de destitución y/o renuncia forzada o, al menos, la separación de sus cargos mientras se perfecciona jurídicamente la respectiva investigación que, en muchos casos, resulta tan fácil como la adivinanza del huevo: blanco es gallina lo pone…
Dos ejemplos al canto: ¿Qué hace todavía en su cargo el presidente Juan Manuel Santos, incurso en una investigación ya comprobada de recibir directa o indirectamente dineros de Odebrecht en su campaña de reelección?; ¿Qué hace en el Ministerio de Hacienda Mauricio Cárdenas, sujeto de duda al quedar maliciosamente engrampado en el sonado caso Dragacol, donde el Estado perdió 26.000 millones de pesos de hace 20 años (1998)?
Y así, sucesivamente, uno pudiera descender por el Ejecutivo y encontrar ministros, superintendentes, gerentes y miembros de juntas directivas incursos en inhabilidades que los pondrían de “paticas en la calle” si se espulgaran como debiera ser sus hojas de vida. Pero no: ni las autoridades respectivas cumplen con sus funciones, ni hay una sociedad civil empoderada que se las haga cumplir.
En el caso del Legislativo, doy la palabra a nuestro habitual internauta en la RED-GES/El Satélite, el periodista llanero, Víctor Julio García, quien, constitución en mano dice:
El artículo 183, numeral 2, establece que los congresistas perderán su investidura --muerte política-- (…) “Por la inasistencia, en un mismo período de sesiones, a seis reuniones plenarias en las que se voten proyectos de acto legislativo, de ley o mociones de censura”; y en el 197 se dice que (…) “No podrá ser elegido Presidente de la República o Vicepresidente quien hubiere incurrido en alguna de las causales de inhabilidad consagradas en los numerales 1, 4 y 7 del artículo 179; para el caso en comento, el numeral 4 del artículo 179, establece: “Quienes hayan perdido la investidura de Congresista”.
Por primera vez en 27 años, el Consejo de Estado se atrevió a aplicar la norma en el caso de la congresista, Luz Adriana Moreno Marmolejo, quien dejó de asistir a más de seis sesiones plenarias en las que se votaron proyectos de ley o de actos legislativos, violando de esta manera el precepto constitucional. Ah pocos “padres de la patria” que quedarían enhiestos si el máximo tribunal continuara por ese camino: qué consulta anticorrupción, ni qué voto en blanco ni qué “pan caliente”… Vean lo que sigue diciendo, Víctor Julio:
(…) “Hay otras demandas haciendo fila, como el caso de la Senadora Claudia López, formula vicepresidencial de Sergio Fajardo --e impulsora de la consulta anticorrupción y predesignada titular de esa campaña si Fajardo es Presidente, agregamos--, cuyo expediente se encuentra en el despacho del magistrado, Oswaldo Giraldo, quien para el próximo 9 de abril, tiene prevista la audiencia, donde también es posible que se le decrete la pérdida de investidura”…
También se encuentra en capilla el cuasipresidente (según todas las encuestas de opinión), Ivan Duque, como senador del Centro Democrático, partido que encontró como eficaz herramienta de oposición abandonar el recinto cuando, por lógica, muchos colombianos, que si son opositores de verdad, quisieran estar adentro para, precisamente, ejercer el derecho de oposición política con su libertad de pensamiento y de expresión.
Nuestro periodista llanero dice al respecto:
(…) “Para el caso que nos ocupa, Iván Duque, del 14 de febrero al 20 de junio de 2017, se ausentó al momento de votar en cuatro oportunidades y registra otras 7 plenarias en las que hubo en total 26 votaciones y solo participó en 11, es decir, registra 19 ausencias al momento de votar proyectos de ley o de actos legislativos, pruebas más que suficientes para decretarle su muerte política. De prosperar todas estas demandas, les aseguro que más del 80% de los actuales congresistas, se les decretaría la pérdida de investidura, por clara violación a los artículos 133 y 183-2 de la Constitución Política”.
Y ahí es donde se equivoca nuestro internauta referido –y ojalá los equivocados seamos nosotros-, porque, dese por seguro que el Consejo de Estado no seguirá por ese camino, o alargará su investigación hasta hacerla interminable, tanto como la del mismo mentor de Duque, el expresidente Álvaro Uribe, que ya con solo nombrarlo, basta.
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Fin de folio.- Más fácil será echar atrás la decisión contra la congresista Luz Adriana Moreno que declarar la “silla vacía” al 80 por ciento de los “padres de la patria”.
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