SÍ HAY DERECHO... LO QUE NO HAY ES AUTORIDAD

SÍ HAY DERECHO... LO QUE NO HAY ES AUTORIDAD
 

Octavio Quintero

(Director El Satélite)

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DE BRAZOS CRUZADOS (II)
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El viernes 27 de mayo pasé por el Éxito de Fusagasugá, Cundinamarca, a ver qué había pasado con mi computador marca Lenovo que dejé el 19 de este mismo mes en la sección de Servicio al Cliente por fallas de fábrica que resultaron como ocho días después de haberlo puesto en operación. Es decir, lleva 10 días de hecho el reclamo y nada. El dependiente del Éxito todo lo que dice es que lo enviaron al fabricante a ver qué dictamina: si lo reparan o lo reponen, para lo cual, el fabricante dice disponer de 1 a 30 días para resolverle el asunto al cliente.
 
Me he tomado a pecho este caso como tema periodístico, no porque se trate de un asunto mío, sino porque alrededor de lo mío, se ha venido descubriendo el abuso que las grandes extensiones cometen con los clientes. Dentro de los correos-e que me llegan al respecto, se dice que lo mismo pasa con neveras, televisores, equipos de sonido, electrodomésticos, repuestos y herramientas de diversa índole que se expenden en “supermercados”, como les dice la gente, en donde la cosa funciona así:
 
Una marca, como el Éxito, desarrolla técnicamente una gran extensión dentro de la cual se instalan diversos productores que le pagan por dejarlos estar ahí, sin que el Éxito como tal, asuma responsabilidad alguna frente al consumidor por  los productos que se adquieren dentro de su establecimiento.
 
Eso no puede ser racional ni legalmente admisible. El Éxito, al poner en venta dentro de su establecimiento un producto, ipso facto se convierte en distribuidor, o sea, en responsable como tal del producto que distribuye… Así como pone tanto celo en cuidar de la mercancía del fabricante, debiera ofrecer garantías similares al consumidor.
 
El ámbito jurídico del país está lleno de normas… Eso sí, para qué; pero al mismo tiempo existe poca autoridad, y de eso se aprovechan los productores y proveedores de artículos nacionales e importados para abusar de los consumidores, a pesar de los derechos que tienen legalmente establecidos desde la ley 1480 del 2011, conocida como “Estatuto del Consumidor”.
 
En dicha norma, artículo 3º, numeral 1.5, se establece como derecho del consumidor, “reclamar directamente ante el productor, proveedor o prestador (del servicio), y obtener reparación integral, oportuna y adecuada de todos los daños sufridos”…
 
En  mi caso, y en el de muchos como se ha venido viendo, pudiera esgrimirse el derecho a la “reparación integral, oportuna y adecuada”, para hacer que el productor, proveedor o prestador del servicio solucione de inmediato el problema, especialmente, en tratándose de una herramienta de trabajo.
 
Esto no debiera “tener, vuelta de hoja”. ¿Por qué, si la norma establece el derecho a la reparación integral, oportuna y adecuada del producto, el cliente o consumidor tiene que esperar “de 1 a 30 días” y finalmente demandar (que es lo más seguro) ante autoridad competente al productor, proveedor o prestador del servicio para que le haga respetar ese derecho?
 
Yo llevó, como se informa al principio de la nota, 10 días de brazos cruzados. Y lo último que deduje de la información suministrada por “Servicio al cliente” del Éxito de Fusagasugá, es que el fabricante Lenovo, ni siquiera ha tomado en consideración mi caso. El proveedor, en este caso el Éxito, sigue escurriendo el bulto…
 
Seguiremos informando, como se anuncia en todo asunto que no ha terminado y que, por lo visto, no se sabe cuándo terminará.