PEDAGOGÍA JURÍDICA

Jorge Orlando Salazar  

(jorgeorlandosalazar@yahoo.es)
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JUSTICIA  TRANSICIONAL es una rama  de la justicia  que se caracteriza por  una combinación  de mañas  judiciales  y no judiciales  que enuncia un enfoque  diferente  al delincuencial , que actualmente  asume el Estado   para hacer  frente al legado  de violaciones generalizadas  y sistemáticas de los “ Derechos Humanos “ , el cual  tiene efectos  mientras  se lleva a cabo  el tránsito por más de Cincuenta  años del  conflicto armado,  cuyo fin es la anhelada paz , la democracia   y el  Estado   Social de  Derecho, con  el firme  propósito  de prevenir  futuras violaciones  de los   derechos  individuales y colectivos.
 
Dentro de esta de ley , su objetivo principal  es facilitar  más   improvisadas desmovilizaciones en masa promovidas por los gobiernos de turno ,como  una acción y efecto de cambiar a paso rápido la actual y menoscabada justicia,  a otra , generando la reinante “ impunidad “, que siempre ha beneficiado  a  los  actores   de las  tropas armadas  ilegales.
 
Toda esta legislación anula la ley de caducidad de la pretensión punitiva del Estado ,viola manifiestamente   los “  Derechos Humanos  “ de las víctimas , razón lógica  para que estas  a falta de justicia  Colombiana ,acudan  al Comité de Derechos Humanos  de la ONU  y a la Comisión Interamericana   de Derechos Humanos.
 
Tenemos en la historia de  Colombia  muchos casos, en que  la concesión  de “ amnistías “ a reconocidos  perpetradores  de flagrantes violaciones   a los derechos humanos  han conducido a una situación  considerada  más ventajosa  para los acusados  que para las víctimas , particularmente en los casos  en que las reparaciones son inadecuadas.- Las amnistías  pueden socavar  otros procesos  de administración de  justicia  y reducir las  posibilidades  de reconciliación ,  así quedo demostrado  con los  resultados  de la “ LEY DE JUSTICIA Y PAZ  “,  ( LEY 975 DE JULIO 25 DE 2.005  )  donde  se vieron socavados  por la amnistía general  otorgada por  los  gobiernos  a  tanto criminal   que hoy  conforman las bandas emergentes  que  tienen asaltadas  las  grandes ciudades  de los treinta y  dos departamentos.
 
Los tres principios fundamentales  de la Justicia Transicional  están consagrados  en la “ LEY DE JUSTICIA Y PAZ “ ; el derecho a la verdad , a la Justicia  y  a  la reparación , que  después de  nueve   años  de  su expedición  no  se ha cumplido  por falta de voluntad  de los  bandidos desmovilizados  , como si las leyes  no fueran de obligatorio cumplimiento,  y  como agravante  la no   exigencia  de los  gobiernos  para su acatamiento ,viéndose obligado a extender la vigencia de esta compasiva  ley ,queriendo significar  que los   actores  criminales  exigen más  impunidad por sus actos  de lesa humanidad.
 
La proliferación  en Colombia  de procesos de negociación  y acuerdos de paz suscritos  con los terroristas , han suscitado  la pregunta  sobre  ; cuál  debería ser el tratamiento, durante  los procesos  de la Justicia Transicional  en la sociedad , a los crímenes  cometidos hace más  de  cincuenta años  por los Grupos  Armados Ilegales  ( FARC, E.L.N. ,AUC ) , cuyo foco  de atención es el reto  de garantizar la protección  de los derechos de las  víctimas , pero considerando las particularidades  de estos procesos  de cara a la sostenibilidad  deseada  de los desenlaces favorables que se persiguen la entrega del material bélico  y llegar al  cese de hostilidades, y la  vuelta a la vida civil de los excombatientes.
 
La  justicia transicional desde su finalidad, se puede decir  que esta abarca  toda la variedad  de procesos y mecanismos  asociados con los intentos de nuestra sociedad  por resolver los problemas  derivados de un aciago pasado, a fin de que los responsables extraditados a los EE.UU., y los que conviven en nuestro país   rindan cuentas de sus actos criminales , servir a la justicia y lograr la reconciliación .- Se  entiende entonces  que los mecanismos  de la justicia transicional abordan la herencia  de violaciones a los Derechos  Humanos  y al Derecho Internacional Humanitario, durante la transición  de una sociedad que trata de recuperarse  de un conflicto armado.
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