CUANDO LA JUSTICIA COJEA MÁS DE LA CUENTA

Nota de El Satélite: La determinación de la Corte Suprema de Justicia que inadmitió el recurso de casación interpuesto por los exalcaldes Bernardo Hoyos y Guillermo Hoenigsberg contra los fallos de primera y segunda instancia en el conocido caso de peculado que se les atribuyó por supuestas irregularidades en la negociación de lotes para vivienda de interés social, sorprendió a los barranquilleros.
Nuestro colaborador, Jorge Vergara C. (en la foto), se refiere en el presente escrito al asunto que sigue siendo considerado como un asunto de alta intriga política…

__

CUANDO  LA JUSTICIA ES INJUSTA: SENTENCIA CONDENATORIA CONTRA HOENIGSBERG Y HOYOS, VIOLA LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA LEY, FUE DESEQUILIBRADA, FALTA DE PONDERACIÓN Y DE OBJETIVIDAD.

 
Cuando todos los colombianos y en especial los barranquilleros esperábamos que la Corte Suprema de Justicia, revisara  la sentencia del Tribunal  Superior der Barranquilla  sala penal, la cual en un fallo absurdo ante apelación de los implicados Guillermo Hoenigsberg  Bornacelli y Bernardo Hoyos Montoya de  la condena que  le impuso en forma injusta el juez Sexto Penal del circuito Andrés Hernando Peña Pacheco por el delito de contratación sin cumplimiento de requisitos legales  en la adquisición del lote El Vesubio  a cuatro(4) años de prisión domiciliaria, en segundo lugar la condena   del Tribunal Superior de Barranquilla   a diez(10) años  de prisión intramuros por el delito de peculado por apropiación y contratación sin cumplimiento de requisitos legales  y, tercero al negarles la Corte Suprema de Justicia la casación solicitada por los implicados y solo aceptar la propuesta de casación de Carmen Scrig Sahie, hecho sin precedentes en la justicia colombiana.
Lo anterior significa, que por haber apelado el fallo del juez Sexto Penal del Circuito, ante el Tribunal Superior  buscando justicia, les resulto peor el remedio que la enfermedad, porque el Tribunal los condeno  a diez años de prisión intramuros  por dos delitos, el primero  por peculado por apropiación delito que los había excluido el juez Sexto Penal del Circuito y por haber contratado sin cumplimiento de la ley 80 de 1.993.
COMO FUERON LOS HECHOS
La historia de este caso se remonta al 20 de agosto del año 1.998, cuando la administración Bernardo Hoyos, con su Secretario de hacienda Guillermo Honeisbergh delegan en la entidad Fonvi Social y en especial a la funcionaria asesora Carmen Scrig Sahie para que adelante los trámites necesarios para la compra de un lote para construir viviendas de interés social (35.000)en el corredor entre Juan Mina y Galapa. La funcionaria se pone en contacto con la familia Cure Vilaro, quienes tienen un lote de 551.4 hectáreas localizadas en la zona escogida y proceden a realizar los trámites administrativos necesarios para la adquisición de ese lote por un valor solicitado por los propietarios de $ 5.551 millones de pesos.
Para firmar el acta de compra venta, el Distrito solicita a personas especializadas a que realicen un avalúo de dicho predio y a otorgar el CDP (Certificado de Disponibilidad Presupuestal) requisito indispensable para iniciar cualquiera negociación en una entidad estatal. El IGAC el 12 de noviembre de 1.998, realizó un avalúo por la zona del lote del Vesubio estableciendo que el precio del metro cuadrado era de $ 1.140 pesos, lo que indica que la hectárea tenía un valor de $ 11.440.000 pesos. Para esa  misma fecha la empresa Yesos La Roca con sede en Bogotá ofreció a la venta un lote que tenía en la zona a un precio de $ 15 millones de pesos hectárea, es decir a $ 1.500 pesos el metro cuadrado, valor similar al registrado por el IGAC. El Distrito contrato al profesional especializado en avalúos Luis Fernando Acosta Ossio , actual presidente del Colegio Inmobiliario de Barranquilla para que hiciera u avalúo del lote, dando como resultado un precio alrededor de $ 7.000 millones, muy superior al precio de compra del lote por parte del Distrito.
PERITAZGO SOLICITADO POR EL CTI
 En el proceso de juzgamiento el juez Sexto penal solicitó un peritazgo al CTI el 22 de junio de 2011, sobre el lote El Vesubio, avalúo realizado por el perito Rafael Tovar Vanegas inscrito en el colegio Inmobiliario y evaluador contrato por el IGAC para estos oficios, quién conceptúo que el lote para esa fecha, tenía un valor de $42.567 millones de pesos. Lo que significaba que se había generado una plusvalía sobre ese lote en beneficio del distrito de Barranquilla, descartando así el peculado por enriquecimiento a tercero y por ende la acusación por detrimento patrimonial que se les hiciera a los acusados.
Hoy ese lote de El Vesubio, tiene un valor que oscila entre los $ 90.000 y $ 100.000 millones de pesos, convirtiéndose ese negocio en el  mejor negocio que se ha hecho en la historia de Barranquilla, como lo expresara la alcaldesa esa noguera de La Espriella en una de sus declaraciones cuando hablamos de un precio del lote del orden de los $ 60.000 millones.
Lo que uno no puede entender, es como tanto el juez Sexto Penal, como la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, desconocen estos avalúos e incluso la realidad de lo que vale hoy la tierra en ese sector, porque incluso ellos mismo podían solicitarle a cualquiera de los propietarios de tierra en esa zona, a qué precio estarían dispuestos a vender, para que tuvieran claro que ninguno vendería el metro cuadrado   a menos de $ 2000.000 pesos.
COMO LA CLASE POLÍTICA DOMIMNANTE ACABA CON SUS CONTRADICTORES
Pero como en  el juicio, no se trataba de buscar la verdad sino de condenar por causas políticas a dos líderes de la ciudad, que se habían atrevido a desafiar a los grandes barones de la política, la decisión antes de juzgarlos ya estaba tomada, hay que condenarlos como sea. Que aquí no pasa nada. Los argumentos presentados por la defensa para descartar la acusación de detrimento patrimonial (peculado por apropiación) fueron acogidos por el juez sexto penal, pero desatendidos por los magistrados del Tribunal Superior de Barranquilla que terminaron condenándolos por ese delito, a pesar de reposar en los expedientes todos los avalúos y las declaraciones de los testigos.
El otro delito por el cual se les acusa, contratación sin cumplimento de requisitos legales, no tiene asidero alguno, la justicia alegaba en el juicio que no existía CDP, y  ese certificado de disponibilidad presupuestal fue emitido con fecha anterior a la firma de la promesa de compra- venta, en el mes de julio del año 1.998, tal como lo ratifican el concejal Doria y quienes fueron acusados por este delito en el proceso de juzgamiento.
No es posible que una persona con las capacidades intelectuales y conocedora del manejo presupuestal y contractual como lo es Guillermo Hoenigsberg, vaya a cometer semejante error, que ni un estudiante de cuarto semestre de economía o de derecho comete. No se les olvide que para esa época el economista Hoenigsberg  había desempeñado los cargos de jefe de presupuesto  y Secretario General.
Si ellos se hubieran sentido culpables, no apelarían el fallo del juez sexto penal, pero como sabían de antemano que se estaba cometiendo injusticia apelaron dicha sentencia, pensando que en el Tribunal los podían juzgar en derecho, olvidándoseles que la orden ya estaba impartida condenen los, sáquenlos del camino que necesitamos la vía libre. No solo fueron condenados, sino que su pena incrementada en seis años y prisión intramuros, recibieron peor trato que el que la justicia le otorgo a los paramilitares y a quienes en verdad han defraudado al Estado.
Esa es nuestra justicia, está al servicio de los poderosos y para condenar a los líderes populares que se atreven a pelearle el poder político a los grandes gamonales que siguen manejando el país a su antojo.
A través dela procuraduría de Maya Villazón, sacaron del ring político por 12 años al padre Bernardo Hoyos, por supuesta participación en política al montarse Guillermo Hoenisberg a una tarima en el Rincón Latino, después sancionaron a Edgar Perea, y el Procurador Ordoñez se encargó de Piedad córdoba, de Abadía , de Petro y no se atreve a sancionar al alcalde de Galapa condenado a cuatro años de prisión intramuros y al ex alcalde Char por participación en política y otros denuncias que reposan en su despacho desde hace varios años, sin que se resuelvan.
La otra injusticia, se acaba de cometer contra el exministro Andrés Felipe Arias condenado a 17 años de prisión intramuros, pena que consideramos excesiva, como también lo fue la pena que el Tribunal Superior le impuso a Bernardo Hoyos Montoya y a Guillermo Hoenisberg de diez años, en un negocio que el único ganador fue el Distrito de Barranquilla  que hoy posee un activo que vale mucho dinero.
“La ley hace justicia, los que la aplican son los que cometen injusticia” , como en el caso del lote de El Vesubio por parte de los magistrados del Tribunal superior de Barranquilla y la Corte Suprema de Justicia al no admitir la casación. Para ellos  aplica la frase “todos somos iguales ante la ley, pero no ante los que se encargan de ejercerla”