ÁCIDO ANÁLISIS DEL RÉGIMEN ELECTORAL COLOMBIANO

Armando Cardona Cataño 
(Armandoca@une.net.co)
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El Jurisconsulto antioqueño Guillermo Mejía Mejía, quien fuera miembro hasta hace poco tiempo del Consejo Nacional Electoral,  la máxima autoridad que en estas materias tiene Colombia, ha presentado a los estudiosos del Derecho y en especial a la clase política que tiene el manejo de las actividades inherentes a las elecciones, una obra denominada REGIMEN JURIDICO DE LAS ELECCIONES EN COLOMBIA.
 
Aparte de que la obra está llamada a convertirse en un documento de estudio permanente, tiene el significativo valor de desnudar los insondables vacíos que tiene el instrumento más representativo de la democracia colombiana, a tal punto que cuestiona de manera enfática y sin ambages, el turbio origen de este organismo que imparte justicia electoral.
 
Su paso por la magistratura permite al Dr. Mejía no solo profundizar en los meandros de la ley electoral, sino que en su condición de Presidente que fuera en su momento de este organismo, le confiera la autoridad suficiente para ser un crítico real de nuestro sistema y afirmar de manera contundente que es imperativa su reforma, entre otros motivos y por el más simple de los hechos, de que esta Corte es electa por los parlamentarios nominadores de quienes conforman este organismo y estos a su turno sus jueces electorales.
La Obra del Doctor Guillermo Mejía que ya se encuentra en el mercado de los libros, ha recibido a solo horas de su aparición, significativos comentarios con la afirmación de que es el documento de mayor trascendencia que estas disciplinas hayan logrado hasta el presente.
 La presentación general de la obra como su edición tiene en síntesis el siguiente contenido jurisprudencial:
Aspectos críticos
-Cuestionamiento de la forma como se elige el Consejo Nacional Electoral por el Congreso. Los magistrados de esta corporación son los que posteriormente examinan las cuentas de las campañas de quienes los eligieron. Se pierde completamente la objetividad de las investigaciones, pues, ningún miembro del CNE querrá sancionar a quien votó por él. Se hace una comparación con cortes electorales de otros países y el Consejo de Colombia queda muy mal parado.
-El traslado de mesas de corregimientos a cabeceras municipales con la disculpa de que la fuerza pública no está en capacidad de dar seguridad a los votantes porque hay fuerzas guerrilleras, como el caso de Ochalí en las elecciones presidenciales. Es el reconocimiento de que el Estado no está en capacidad de controlar todo el territorio nacional.
-El choque de trenes entre la Corte Constitucional y el Consejo de Estado. Al paso que la Corte extiende la doble militancia entre partidos políticos y grupo significativos de ciudadanos, el Consejo lo limita solo a la doble militancia entre partidos.
-La violación de los topes electorales a ciencia y paciencia del CNE que no tiene los medios para ejercer un control efectivo sobre los gastos de campaña y la crítica a los contadores públicos que certifican unos gastos que no corresponden en la realidad y que no son sancionados por la Junta Central de Contadores.
-La ley de garantías no tiene dientes y solo sirve para entorpecer la administración pública.
-La perversión del voto preferente que entorpece el diseño de la tarjeta electoral, el aumento de los gastos electorales por la competencia entre los candidatos de la misma lista, la dificultad del escrutinio por la inmensa cantidad de candidatos y el resquebrajamiento de la unidad de los partidos después de las elecciones.
-En relación con los delitos electorales, el libro prácticamente los deja sin ninguna aplicación pues la mayoría de ellos han sido superados por la tecnología como es el caso de la suplantación del elector o de jurados de votación, delito imposible de cometer hoy con la tecnología de la identificación biométrica implantada por la RNEC. No obstante denuncia una grave anomalía en Barranquilla donde continúa la práctica delictuosa de retener cédulas por parte de una conocida familia de congresistas.
Un aspecto muy positivo del libro, se refiere al tema de las inhabilidades y las incompatibilidades que el autor agota, tema que no se encuentra sistematizado en ninguna obra de derecho electoral y que, además, se convierte en el dolor de cabeza de los aspirantes a cargos de elección popular.
-El autor hace un examen sobre el posible referendo para aprobar los acuerdos de La Habana entre gobierno y guerrilla y concluye que con la actual legislación (ley 134/94), sobre mecanismos de participación ciudadana, por el alto umbral de participación que requiere esta figura, sería muy difícil su aprobación en un país de tan alta abstención. Propone, en su lugar, la creación por el Congreso, mediante ley estatutaria, de una nueva figura de participación que se denominaría “consulta sobre el acuerdo de paz”, la que no tendría un umbral tan alto y que permitiría la aprobación de los posibles resultados aprobatorios.
Finalmente el libro concluye que el sistema electoral es confiable desde el punto de vista formal por la introducción de tecnología de punta por parte de la RNEC, especialmente en la velocidad de la entrega de los resultados, pero que es un desastre en lo que se refiere a la moral electoral por la corrupción que se ha implantado con la compra de votos y de dirigentes políticos regionales.  
 El libro está redactado en forma didáctica y fácil de leer y entender, inclusive por personas que no son abogados, lo que lo convierte en un manual de fácil consulta, muy útil para épocas electorales donde tantas dudas se suscitan.                                                       
El prólogo fue escrito, con mucho detalle, por el ex ministro de Gobierno Armando Estrada Villa, quien hace un pormenorizado examen de los temas tratados por el autor.